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La extensión del REINFO hasta el 31 de diciembre del 2027 fue aprobado con 17 votos.
La Comisión de Energía y Minas del Congreso, presidido por el congresista Víctor Cutipa, aprobó con 17 votos a favor el dictamen que extiende el REINFO hasta diciembre de 2027 y medidas que permitirán la reincoporación de alrededor de 50 mil registros excluidos del proceso de formalización por no cumplir con los requisitos mínimos para operar.
A pesar de ello, y de las alertas emitidas por diversos gremios formales que señalan que la decisión solo perpetúa la informalidad y alimenta la minería ilegal, el dictamen tendrá que ser debatido en el Pleno del Congreso. No obstante, durante el debate en el grupo de trabajo, al menos tres congresistas solicitaron cambios al documento.
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Las modificaciones en el dictamen del REINFO
Sobre los documentos que se deben presentar para el REINFO, se detallan el RUC, razón social, nombre y apellido, así como documento de identidad, domicilio real del vendedor del mineral. A ello se sumó, como nuevos requerimientos, la entrega del documento agrega que se debe agregar: “Código Único de Concesión de donde proviene el mineral, en estado vigente o, excepcionalmente, en estado extinguido únicamente cuando se acredite formalmente que dicho expediente forma parte de un procedimiento de formalización minera en curso inscrito y validado en el Registro Integral de Formalización Minera (REINFO), conforme a los criterios establecidos por el Ministerio de Energía y Minas…”.
Sobre la suspensión de exclusión del REINFO se agregó que “la suspensión no es aplicable a los administrados que cuenten con sentencia condenatoria firme por delito de minería ilegal, lavado de activos conforme al Decreto Legislativo Nº 1106 y sus modificatorias, o trata de personas, ni a aquellos que realicen actividades mineras en áreas no permitidas para el ejercicio de la minería, tales como zonas arqueológicas, áreas naturales protegidas, reservas indígenas, reservas territoriales en proceso de adecuación y cuerpos de agua tales como ríos, lagos, lagunas, humedales, quebradas, manantiales, glaciares u otros, así como en sus cauces, riberas o zonas de influencia inmediata«.
Respecto a la reincorporación de REINFO, detalla que la evaluación tendrá un plazo máximo de 60 días para implementar medidas correctivas para “una reincoporación excepcional”.
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