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Entrevista exclusiva para Rumbo Minero
La aprobación en primera votación de la ampliación del REINFO hasta el 31 de diciembre de 2026 marca un nuevo capítulo en la larga y compleja historia de la formalización de la pequeña minería y la minería artesanal en el Perú.
Para Jorge Montero, exministro de Energía y Minas, la decisión del Congreso combina luces y sombras: considera que el plazo es excesivo, pero valora que se mantenga la depuración de 50.565 registros y que el Estado conserve la facultad de excluir a quienes incumplen la ley.
Historia pendiente
Montero coloca la ampliación en un contexto de más de 20 años de idas y venidas. Recuerda que el proceso arranca con la Ley General de la Pequeña Minería y Minería Artesanal de 2002, continúa con la creación de la Dirección General de Formalización Minera en 2012 y culmina en 2017 con el nacimiento del REINFO como herramienta para separar a quienes querían formalizarse de los mineros ilegales.
Antes de eso —subraya— la pequeña minería moderna tuvo un soporte claro: el Banco Minero, que entre 1942 y 1992 compraba producción, capacitaba y acompañaba al pequeño productor. Su cierre dejó a miles de mineros “librados a su suerte”, sin apoyo técnico ni financiero, en un entorno donde aparecieron prestamistas, contrabandistas y redes criminales vinculadas a la actividad.
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Línea roja y zona gris
El objetivo del REINFO, explica Montero, fue trazar una línea roja entre el pequeño minero en proceso de formalización y quienes operan al margen de la ley. Sin embargo, las sucesivas ampliaciones desnaturalizaron el mecanismo y generaron una “zona gris” en la que un mismo registro podía corresponder a un minero que busca formalizarse, a un ilegal “duro y puro” o a un simple tramitador.
La Ley 32213 del 27 de diciembre de 2024 otorgó al Minem la facultad de conducir el proceso de formalización —no la fiscalización, que sigue en manos de los gobiernos regionales— y fijó el 30 de junio de 2025 como hito clave: en esa fecha, 50.565 registros fueron depurados por no cumplir requisitos, mientras 31.560 continuaron vigentes hasta el 31 de diciembre de 2025.
Depuración y prórroga
Sobre ese universo de 31.560 REINFO vigentes se ha aprobado ahora, en primera votación, la prórroga hasta el 31 de diciembre de 2026. Las propuestas iniciales hablaban de dos, cinco años e incluso de hacer el esquema permanente. Frente a ello, Montero considera que un año es el mal menor y recalca que, en este caso, “uno es mejor que dos”.
El exministro insiste en que el nuevo plazo es más largo de lo necesario: estima que, con información y herramientas ya disponibles, el proceso podría concluir en tres a cinco meses para quienes realmente cumplen condiciones. No obstante, reconoce que la extensión evita que miles de operadores pasen automáticamente a la ilegalidad sin que el Estado culmine su tarea.
Sin privilegios penales
Otro aspecto que Montero destaca es que el Congreso haya dejado de lado intentos de blindar penalmente a quienes cuentan con REINFO. Las propuestas que buscaban evitar exclusiones, otorgar una suerte de exención de responsabilidad penal o permitir minería fuera de concesiones no prosperaron.
En ese sentido, subraya que los procesos de exclusión continúan vigentes y deberán aplicarse con severidad frente a presuntos delitos ambientales, laborales, operativos o normativos. Para el exministro, en un Estado de derecho no hay espacio para privilegios: el REINFO no puede convertirse en un salvoconducto para “hacer lo que uno quiera”.
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Censo versus registro
Montero también se muestra crítico frente a la idea de un censo minero como nueva herramienta de ordenamiento. A su juicio, esa figura podría derivar en un “nuevo registro paralelo” donde se blinde políticamente a miles de personas que se declaran mineros “ancestrales”, generando una plataforma de presión que desborde el marco institucional.
En lugar de ello, plantea que el país necesita un registro ordenado de actividades formales de pequeña minería y minería artesanal, alineado con el Estado de derecho y con criterios claros sobre quién puede seguir operando y en qué condiciones.
Reto para el Minem y mensaje al Congreso
De cara al año adicional de vigencia, Montero sostiene que el Ministerio de Energía y Minas ya sabe quiénes son, dónde están y qué necesitan los 31.560 registros vigentes para culminar su formalización. Recuerda que incluso se prepublicaron tres resoluciones ministeriales orientadas a destrabar el proceso y atender distintos tipos de casos.
En ese contexto, la ampliación al 31 de diciembre de 2026 no debería usarse como excusa para seguir postergando decisiones, sino como ventana final para ordenar el padrón y cerrar un ciclo marcado por ampliaciones sucesivas.
Montero considera, además, que la segunda votación en el Congreso será un momento clave para verificar si se mantiene el esquema aprobado —sin reincorporación de depurados y con exclusiones activas— o si se intenta reabrir la puerta a la ilegalidad.
Según advierte, lo que está en juego no es solo la gestión de la pequeña minería, sino la señal que el país envía sobre su capacidad de combinar formalización, control y respeto al Estado de derecho en una actividad estratégica para la economía peruana.
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